Acompañamiento en operaciones: inmuebles y negocios, llave en mano
Revisamos, calculamos los impuestos y tramitamos, desde la primera consulta hasta la inscripción a nombre del nuevo titular. Para que sepa qué firma, cuánto paga y qué viene después.
Todos los precios sin IGIC.
Compraventa, donación, aceptación de herencia
Acompañamiento integral en la operación, para que sepa qué firma, cuánto paga y qué viene después.
- Revisamos la documentación y el inmueble: titularidad, cargas y deudas
- Calculamos de antemano los impuestos y gastos de la operación
- Preparamos la documentación y, si hace falta, los poderes
- Le acompañamos en la notaría
- Comunicamos al ayuntamiento el cambio de titular, a efectos del IBI y de la plusvalía municipal
- Presentamos las declaraciones de impuestos posteriores a la operación
- Inscribimos el cambio de titularidad en el Registro
- Ponemos todo a nombre del nuevo titular: luz, agua, comunidad de propietarios, alarma y demás servicios
¿Vende como no residente?
La retención del 3 %, el modelo 210 tras la venta y la consulta sobre la plusvalía, en la página para no residentes.
Impuestos en la ventaLo básico antes de comprar:
Comprobamos si Hacienda tiene fijado un valor mínimo para el inmueble (valor de referencia).
Le ayudamos a aclarar si debe practicar alguna retención al vendedor, para no acabar pagando impuestos ajenos.
¿No llega a tramitar la herencia en 6 meses?
Para los extranjeros, la tramitación suele llevar más de medio año. Presentamos una solicitud previa para conservar el derecho a la bonificación en el impuesto sobre sucesiones.
Compra de negocios en funcionamiento y traspasos
Una constructora, un hotel, una clínica, un restaurante, una tienda o una participación en una sociedad: antes de firmar, comprobamos qué está comprando realmente.
- Comprobamos las deudas con Hacienda, la Seguridad Social y los proveedores
- Revisamos los contratos: arrendamiento del local, personal y proveedores
- Revisamos las licencias y si pueden transmitirse
- Analizamos el historial fiscal y la contabilidad
- Calculamos los impuestos de la operación y le acompañamos en la transmisión
Cómo trabajamos
Nos cuenta su situación
Un par de mensajes por WhatsApp: qué ha pasado y qué documentos tiene ya.
Consulta
Hasta 60 minutos: plan de acción, plazos y precio.
Reunimos la documentación
Usted firma la autorización y, a partir de ahí, tratamos nosotros con los organismos.
Le acompañamos hasta el final
Le mantenemos informado en cada fase y le enviamos los documentos finales.
¿Puedo obtener el certificado digital a distancia?
Sí, tramitamos el certificado digital (firma electrónica) a distancia, sin que tenga que venir a la oficina. Le indicamos qué documentos necesitará en su caso. Precio: desde 100 €.
¿Qué se necesita para aceptar una herencia en España?
Si el causante no residía en España, normalmente primero hay que tramitar la herencia en el país donde se lleva la sucesión principal. A menudo la parte española puede iniciarse antes de que termine el proceso allí. Escríbanos por WhatsApp y revisamos los pasos para su situación concreta. Y no olvide el plazo de 6 meses: si no le da tiempo, puede conservar la bonificación del impuesto presentando una solicitud previa.
¿Quién puede aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual?
La exención de la ganancia patrimonial obtenida en la venta (exención por reinversión) se aplica a los residentes fiscales en España, y solo si vende su vivienda habitual y reinvierte el importe en una nueva vivienda habitual. Las condiciones son muchas, así que conviene comprobarlo de antemano: escríbanos y valoramos si puede aplicarla en su caso.
¿No encuentra su caso?
Cuéntenoslo por WhatsApp y le diremos cómo podemos ayudarle y cuánto costará.