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Servicio 03 · para propietarios de inmuebles en España

No residentes: impuestos sobre sus inmuebles y su actividad en España

Tanto si la vivienda está vacía como si la alquila por temporadas largas o a turistas, presentamos las declaraciones por usted, vigilamos los plazos y le enviamos las copias. Todo a distancia.

Modelo 210desde 40 € / declaración

Todos los precios sin IGIC.

De qué nos encargamos

01

Vivienda sin alquilar

Aunque la vivienda esté vacía o solo la use usted cuando viene, hay que pagar el impuesto una vez al año.

  • Declaración anual (modelo 210)
  • Cálculo sobre el valor catastral
  • Le recordamos los plazos
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02

Alquiler de larga duración

Alquila su vivienda por temporadas largas y obtiene rentas en España.

  • Declaraciones del modelo 210 con los rendimientos del alquiler
  • Deducción de gastos (residentes en la UE)
  • Le recordamos los plazos
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03

Alquiler vacacional (VV)

Alquila su vivienda a turistas por días: necesita presentar declaraciones de forma periódica.

  • Declaraciones de los rendimientos del alquiler
  • Declaraciones trimestrales de IGIC
  • Deducción de gastos (residentes en la UE)
  • Le recordamos los plazos
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Precios sin IGIC.La primera llamada de 15 minutos es gratuita.

Servicios adicionales

Alquiler y documentación

Licencias, comprobaciones y todo lo necesario para alquilar su vivienda

Comprobación de deudas pendientes: municipales, con la Agencia Tributaria y, si procede, autonómicas100 €
Obtención del certificado de estar al corriente, en el formato que pide extranjeríadesde 100 €
Ayuda con la tramitación de licencias: vivienda vacacional (VV) y municipalHonorarios de arquitecto no incluidos.desde 200 €
Alta ante la policía para la comunicación de datos de huéspedesEl precio depende del número de apartamentos.desde 100 €
Obtención del certificado digital a distanciadesde 100 €
Solicitar el servicio

Venta de inmuebles

Los impuestos de la venta, calculados de antemano y sin sorpresas

Declaración de la venta (modelo 210): cálculo y presentación, solicitando la devolución de la retención del 3 % o ingresando la diferenciaPara no residentes: en la venta, el comprador retiene el 3 % del precio. Calculamos el impuesto real y recuperamos lo pagado de más o tramitamos el pago de la diferencia en plazo.desde 400 €
Consulta previa a la venta: plusvalía y valor de referenciaCalculamos la plusvalía con antelación y comprobamos el valor de referencia del inmueble, si lo tiene, para que el precio de la operación no le dé sorpresas.desde 150 €
Hablar de la venta
Acompañamiento integral en operaciones: compraventa, donación, herenciaDesde la revisión de la documentación hasta la firma ante notario y la inscripción del inmueble a su nombre
Más información

Precios sin IGIC.

Cómo funciona, sin viajar a España

01

Nos escribe por WhatsApp

Cuéntenos dónde está el inmueble y si lo tiene alquilado.

02

Nos envía los documentos

Pasaporte, NIE, título de propiedad y el último recibo del IBI.

03

Firma la autorización

Online: no necesita viajar a España.

04

Presentamos y le enviamos copia

Recibe el justificante de presentación y avisos de los próximos plazos.

Preguntas de no residentes

Del blog, sección «No residentes».

Todas las preguntas y guías
¿Tengo que presentar declaración si la vivienda no está alquilada?

Sí. Aunque la vivienda esté vacía o la use usted mismo, el no residente paga una vez al año el impuesto por la llamada imputación de rentas inmobiliarias, mediante el modelo 210. El importe se calcula a partir del valor catastral de la vivienda. Presentamos la declaración por usted, desde 40 €.

Si alquilo mi vivienda, ¿puedo deducir gastos?

Si es usted residente en la UE o en el Espacio Económico Europeo, sí: puede deducir, por ejemplo, el IBI, los suministros, el seguro, las reparaciones y los honorarios de la asesoría. Para los residentes en otros países, el impuesto se calcula sobre la totalidad de los ingresos del alquiler.

¿Hay que pagar IGIC por el alquiler vacacional?

Sí, en Canarias el alquiler vacacional está sujeto a IGIC: hay que incluir el impuesto en el precio del alojamiento y presentar la declaración cada trimestre. Nosotros nos encargamos y le recordamos los plazos.

¿Tiene un inmueble en España?

Díganos si está alquilado y dónde vive usted, y le indicaremos qué declaraciones necesita.